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2006-06-10 :
Proyecto Fundación Iberá Patrimonio de los Correntinos
1. LOS NUEVOS PARADIGMAS:
El paradigma basado en la preservación pura está acabado y resulta obsoleto, el paradigma de convertir cualquier espacio natural en una reserva o parque, obedece en la mayoría de los casos a proyectos personales, que en no pocos casos resultan foráneos, también a la utilización sistemática de la genuina inocencia e ingenuidad de los jóvenes. Estas conductas empujan a impulsar movimientos, agrupaciones y organizaciones montadas alrededor de la supuesta preservación, y en no pocos casos con la connivencia casi dolosa del Estado..
Recordando una vez mas, que la preservación es un concepto estático, y que resulta verdaderamente antagónico debatir justamente de preservación de los ambientes naturales cuando estos, están caracterizados, por su dinámica y su cambio continuo; de hecho si hay algo que define a los ecosistemas es justamente el cambio. Digamos que podemos preservar una obra de arte a través de un vidrio blindado, pero la naturaleza es tan cambiante como la vida misma que lo anima. Resulta por lo tanto utópica aislarla para su preservación.
Los nuevos paradigmas resultan de resolver la cuestión de la pobreza, la indigencia extrema a través de la producción y la generación de empleo, la preservación pura, verticalista, aislando de los espacios naturales al hombre, también está perimida y resulta incongruente sostener la preservación pura aludida más arriba, a base de cerrar los espacios naturales y convertirlos a estos en meras piezas contemplativas. Y es probable que persistan otros paradigmas, además de los aludidos –pobreza e indigencia extremas-, sin embargo estos no están resueltos, y su resolución no será justamente a costas de ampliar la preservación de áreas naturales, cuya potencialidad productiva es manifiesta, tales como las tierras firmes que rodean o se hallan insertas en los Esteros del Iberá.
Esta situación nos lleva a sentirnos casi fracasados y que tiene que ver con la incapacidad de darnos cuenta de las razones, de lo bueno, y de lo malo que nos sucede, y hoy lo malo que nos sucede es que toda actividad productiva esta condicionada, supeditada y controlado por el falso paradigma de los recursos colapsados, porque de pronto el genuino productor se ha convertido a fuerza de encerrarlo en leyes obsoletas, en el propio descrédito de una sociedad que el mismo ayudó a construir”. Y esas leyes que nos están condenando al fracaso son la 3771, 4736, el Decreto Ley 018/2000 y hasta la propia ley 5067, en cuyo espíritu, se condiciona a toda actividad productiva en términos de contaminante, degradante y destructiva; pero parece que olvidamos que muchas de estas actividades ya se realizaban cuando Sebastián Gaboto, literalmente “muerto de hambre” es auxiliado por los agricultores guaraníes, cuando llega a las costas correntinas. ¿Quien le hizo el estudio de Impacto Ambiental de la Agricultura Guaraní? o ¿Quién impidió, a traves de una audiencia pública –Decreto 876/05-el Zanjón Loreto de los Jesuitas? o ¿Quién estuvo es 1901 para cobrar las primeras tasas ambientales a los arroceros? (Resolución 112/06)
Las leyes de nuestros legisladores nos hacen sentirnos fracasados cuando advertimos que las ruinas de los sistema de riego de Tilcara, construidas 800 años antes de que llegaran los españoles, hoy son Patrimonio de la Humanidad, sin embargo se han desplegado toda suerte de estrategias desde el “apriete” (llámese amigables o no amigables como los denomina la Fundación Ecos) hasta los fiscales prestos a impedir que se construyan taipas porque degradan el paisaje, pero preguntémonos entonces: ¿Qué fiscal estuvo para impedir a los ingenieros de los INCAS construir el sistema de riego de Tilcara con un 25% de pendiente? O esperaremos 800 años, para que las obras de nuestros arroceros se conviertan en patrimonio universal de la humanidad???.
Las estrategias anteriores de unos pocos, utilizando al político y a las instituciones se basa en el paradigma que consiste, como Di Castri llama: “la tentación del bien”, concepto que se refiere a la concepción totalitaria de la preservación estática, antojadiza y avasallante de la propiedad privada y de las actividades que en estas se realizan, que hace a unos pocos (Tomkins, Fundación ECOS, la Gerencia de Medio Ambiente del ICCA) dueño del destino de los demás; este antiguo paradigma es el que motiva a esos a pocos condicionar el porvenir de los demás.
¿Hace falta en abundar más en los Paradigmas que animan a condicionar nuestras vidas a los naturales e históricos habitantes y productores del Iberá?
2. LOS MITOS
Los mitos son los preconceptos, son las ideas preconcebidas, son aquellas verdades que se suponen absolutas, por lo común ingenuas, pero sin rigor; con los mitos a cuestas se puede caer en la simplificación excesiva o en el grueso error conceptual, e inducir de este modo a la aprobación de normas
que en esencia poseen buenas intenciones, pero subjetivas en su espíritu que caen por impericia ante un prolijo análisis conceptual.
Una norma basada en mitos, creencias -como por ejemplo, que toda actividad productiva es necesariamente degradante de los recursos- no va ser una norma basada en la racionalidad, sino en mitos.
El mito de que todo está contaminado, que los recursos están degradados y que nuestra propia existencia peligra, habla muy poco de la capacidad de los seres humanos para enfrentar una nueva realidad; una nueva realidad, en la que probablemente la pobreza sea la calamidad ambiental más destacada, pero que increíblemente, se le otorga escasa relevancia. E increíblemente nos expresan como Cirignoli que.. (EPTE 2473 ” el cese de la actividad generadora de daño ambiental colectivo que se denuncia, y que produce la alteración relevante y negativa del medio ambiente, sus recursos y el equilibrio del ecosistema del Parque Provincial del Iberá, así como la afectación de los bienes y valores colectivos que lo componen.” La fuerza de los mitos, ni siquiera nos impulsan a preguntarnos : ¿Cómo constata que hay daño ambiental relevante? ¿A cuanto alcanza la magnitud de negativa?¿Es a perpetuidad el daño? Y en esa denuncia continua sosteniendo “…los impactos que al medio ambiente causan las arroceras, con relación al suelo, topografía, herbicidas y fertilizantes utilizados, etc…”
La fuerza de los mitos nos impulsan a creer que son ciertas las apreciaciones del Sr. Cirignoli, porque el se basa en mitos…sin embargo un cerebro despojado de mitos…se preguntaría..¿Las arroceras causan daños en la topografía? ¿A cuanto alcanza los valores de herbicidas y fertilizantes en el agua? ¿Qué sabe el juez de última, de la vida útil de herbecidas, que sabe de balance de nutrientes, que sabe de la resiliencia del ambiente, por último dónde están las pruebas, los análisis de suelos y de agua? Nada de eso hay, el propio Juez se expide por la fuerza de los mitos…Y que son los mitos ???…presuntas verdades que no se preguntan.
Y el principio precautorio al que aluden y en el cual basan sus sentencias se sustentan en mitos. (Estado de Miedo, Michel CRICTHON)
No hay antagonismo entre producción y ambiente, sin embargo en la actualidad casi cualquier productor correntino está padeciendo el síndrome de perdedor, producir es casi un delito; porque está instalada en la sociedad política un estado de miedo paralizante. El miedo no mide, no razona, no debate, no exige, solo apremia, prohíbe, aísla, somete, impide. Se basa en un hijo bastardo del derecho como el derecho difuso y el no menos ilegitimo descendiente cuál es el principio precautorio. Solo basados en el miedo paralizante, en el mito de que toda contamina. Dónde están los protocolos de calidad de suelo y agua del Sr. Cirignoli…???
La compatibilización entre el crecimiento económico y la conservación ambiental exige, para la economía ambiental, armonizar las múltiples demandas de la economía sobre el medio ambiente, lo que sólo es posible mediante el cambio en la estructura de producción y el avance de la tecnología.
La producción de materias primas, no compite con otras actividades como la industria o los servicios, sino que al contrario construye ventajas comparativas para un sector importante de la industria y los servicios. Esto viene en relación, a que se pretende convertir cualquier espacio natural en un servicio turístico; cuando por vocación, historia, mercado y potencialidad de sus habitantes y sus recursos naturales la vocación sea precisamente producir materias primas.
Por otra parte la producción de materias primas, no son solo necesarias, son “indispensables”. Si hablamos de los alimentos, tengamos en cuenta que arroz, trigo, maíz, soja, en realidad son “pequeñas bolsas” de proteínas, hidratos de carbono, grasas y minerales. Solo hay que agregarle agua y algunas sales, para completar la lista de los elementos vitales del ser humano y de los animales que consumimos.
Malthus fue el primer economista que se preocupo por esta ecuación y su teoría de hambre y guerras, no se cumplió porque la producción de alimentos aumento más que la población y eso tuvo que ver con la aplicación de la ciencia y la tecnología a la producción agropecuaria. Pero si seguimos las recetas de ambientalistas y verdes, Malthus finalmente tendrá razón
De modo que la producción agrícola es estratégica, y lo será hasta el momento en que se descubra alguna otra forma de alimentar a la humanidad y los animales que la sostienen, lo cual no parece estar cerca. Salvo que los ambientalistas, los “verdes” y la Fundación ECOS, posean la fórmula.
Las tierras no se multiplican, la urbanización y las rutas, le van quitando tierras fértiles a la agricultura. La población se incrementa en 80 millones de personas por año; y 800 millones tienen serios problemas de desnutrición y hambre. Las Naciones Unidas han puesto como objetivo del milenio terminar con estas calamidades, sin embargo cabe preguntarse si las Naciones Unidas han consensuado esta posición como por ejemplo con el propio GREENPACE???
La economía argentina se ha sostenido en los últimos años por la producción agropecuaria, en especial por la producción de soja y la correntina por el arroz y los forestales. Hoy han cobrado especial importancia las proteínas; al respecto es importante destacar que mientras EEUU y Europa consumen mas de 100 Kg. de proteínas vegetales/ persona y por año, y son solo 800 millones sus habitantes; la media mundial de consumo es de 30 Kg. y estas son 6000 millones, los 800 millones mencionados, mas 5200 millones de personas.
De modo que a los recursos naturales no se vuelve, sino que no podemos prescindir de ellos. Por otra parte vemos la importancia que cobra día a día, el petróleo, el agua y la minería.
Las ventajas comparativas siguen siendo importantes, si se es capaz de transformarlas en ventajas competitivas, como ha hecho Argentina. Las ventajas comparativas, constituyen fortalezas. Corrientes, con sus instituciones, sus leyes y sus políticos, no va en contra de la marea??
Hace apenas 35 años que se siembra soja en la Argentina y hoy es el principal exportador mundial de harinas y aceites de soja; y se ha constituido, en cercanías de Rosario, sobre el Río Paraná el polo industrial aceitero mas competitivo del mundo. La fortaleza de las ventajas comparativas, que constituye un agro-ecosistema apto para la producción de soja, se transformó en una oportunidad que se supo aprovechar. En Corrientes hace 100 años que se hace arroz, se cultivan anualmente 80.000 has de arroz, de las cuales históricamente se realizaron alrededor de 22.000 has en la periferia del Iberá, en la actualidad no superan 1.600.. No estamos yendo a contramano de la historia..??? Así como Rosario es para la soja, no es Mercedes, para los correntinos, con sus molinos arroceros…??
Pero este hecho no fue “natural”, no “cayo del cielo” como la lluvia, y ha tenido que ver con las innovaciones tecnológicas incorporadas al campo correntino; que no fue una ”maquina”, “un producto industrial” que se trajo de un país extranjero; fue el desarrollo propio de la siembra directa, la adopción de la biotecnología, el manejo de los cultivos, el avance de los semilleros nacionales e internacionales que desarrollaron los germoplasmas adaptados a las circunstancias propias de Corrientes.
Porque una planta que crece de una forma en EEUU, no crece de la misma forma en Corrientes, porque los fotoperíodos son distintos, las temperaturas, el clima, etc.; se requiere un genotipo adaptado, seleccionado en estas latitudes. Hubo investigación del INTA, experimentación en AAPRESID y también en AACREA, para seleccionar variedades y manejos.
A pesar que muchas de estas cosas ocurrieron en los años 90, no fue resultado de una política, aunque algunas medidas hayan contribuido. ¿Como se pasó de 150 mil ton a más de 550 mil de toneladas en la actualidad’?; Hay que distinguir lo que son las “coincidencias” de las “causalidades”; es decir cuando no existe y cuando existe una relación causa-efecto.
Esto se logro principalmente en Corrientes y no se puede repetir, no se puede hacer en Chile, en Perú, en Italia, España o Inglaterra. Y se hizo a pesar de los “verdes” quienes, en no pocos casos, con la connivencia y la predisposición de la Gerencia de Medio Ambiente el ICAA boicotearon los grandes proyectos como el de la Mega represa Ayui
3. LOS PUEBLOS ORIGINARIOS
“….Los pueblos originarios (PO) somos hijos de la tierra que, para nosotros es sagrada, por eso afirmamos que no somos dueños de la tierra sino parte de ella, que no la queremos para explotarla sino para convivir con ella, para trabajar cuidando la naturaleza con un desarrollo equilibrado para el bienestar común de la humanidad, bajo el principio de trabajo, producción y equidad…”. (Conclusiones del Congreso sobre Uso y Tenencia de la Tierra)1 Organizado por la Federación Agraria Argentina , se realizó el 30 de Junio y 1 de Julio de 2004 en Parque Norte, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina.
“…Según el antropólogo Jorge Rodríguez, entre el 2500 al 500 aC la zona oriental fue ocupada por la entidad cultural conocida como Vieira y la zona occidental y central, en cambio, por la entidad denominada Iberá.
Las zonas de residencia de estas etnias indígenas fueron las lagunas, sabanas, riachos y bañados; eran componentes de una sociedad ceramolítica que producían utensilios con técnicas de punteado, inciso y engobe, con prevalencia de herramientas líticas, talladas y pulidas.
La subsistencia de estas sociedades se basaba en la caza de cérvidos, tatúes, en la pesca y recolección de frutos.
Como demostración contundente de la existencia de estas sociedades, podemos expresar que se han encontrado restos arqueológicos en la zona específica del perilago de la represa de Yacyretá, que demuestran la existencia de hábitos funerarios con entierros primarios en vasijas talladas algunas incluso con restos esqueletarios dentro.
Hacia el 1800-500 aC la etnia (entidad) Tupí Guaraní se instaló en el borde anterior, dentro del ambiente costero ribereño, de lagunas y bañados cuyas comunidades base o “familia grande” habitaban las zonas más elevadas trabajaban una cerámica decorada amplia y variada, usando herramientas líticas, óseas, talladas y pulidas, fueron grandes cazadores, pescadores que además socialmente practicaban la horticultura.
EL CORRENTINO NATIVO
Período histórico
La importancia del área oriental radica en que sus pobladores de la segunda mitad del siglo XVIII estaban compuestos por grupos provenientes de las reducciones más otros guaraníes dispersos no reduccionales que poseían un ethos cultural más propenso a los ámbitos paleolacustres, lo cual planteó una mayor integración al medio diferenciada de los hábitos de adaptación que mantenían los guaycurúes del NO, que habitaban zonas más elevadas.
Estas características sentaron las bases de la organización social y la cosmovisión de la ruralidad correntina, creando más tarde el ecotipo cultural representativo de la zona: el mariscador.
A lo largo de la evolución histórica se aprecia una manutención sostenida de las pautas de conocimiento del lugar, del idioma guaraní como lengua materna, de una mitología característica y de aspectos técnico-económicos, fundamentalmente en la producción primaria, que derivan del enlace entre los conquistadores españoles y los guaraníes, dando por resultado una nueva cultura fuertemente identificada con el medio natural…”
Período Contemporáneo
La población contemporánea ha desarrollado una fuerte tendencia a la especialización orientada hacia el manejo del ecosistema, a través de conocimientos transmitido oralmente y expresado en normas no escritas que se trasuntan en las costumbres, los mitos, las leyendas, expresando en todos los casos un régimen moral de premios y castigos que instan a la convivencia armónica con el medio natural.
La actual organización social y económica está armonizada con el escenario natural, estructurando alianzas parenterales y ceremoniales entre las familias dispersas que le dan un sentido superlativo al derecho consuetudinario, especialmente en el uso de los recursos naturales.
En cuanto a símbolo de la “correntinidad”, el Iberá posee una representatividad fuertemente arraigada en el imaginario colectivo como ámbito místico que genera un sentido de pertenencia aún entre quienes viven a gran distancia de la región.
En el aspecto antropobiológico puede afirmarse que el poblador nativo del Iberá tiene una tolerancia razonable para sobrevivir en este gran humedal, y desde el aspecto sociocultural ha desarrollado un gran conocimiento empírico sobre el aprovechamiento de las características geográficas, el comportamiento y contenidos bióticos y en general el desarrollo del ecosistema, el cual es aplicado tanto en sus características de alimentación como en las actividades económicas, en las artesanías y en la medicina popular.
El correntino nativo es la síntesis de una extraordinaria adaptación a un ecosistema, caracterizado por el difícil acceso, especializado en sobrevivir a expensas del recurso, pero al que supo conservar y perpetuar, a tal punto que el correntino nativo del Iberá, ha sido, quizás sin proponérselo la muestra cabal de conservación y equidad ambiental
Al decir del Ing. Vasallo: De acuerdo al “Mapa Catastral de la Provincia de Corrientes, editado en el año 1.893, por el agrimensor Don Zacarías Sánchez, muestra como el estero y lagunas del sistema iberá, sólo ocupaban unas 90 mil hectáreas. (terreno fiscal) el resto tenía dueños, estaba ocupado por estancias, con alambrados, casas, habitantes, y según estadísticas de la época, casi 1.000.000 de cabezas de ganado bovino …” (“Historial Biodinámico del Iberá”. 1.972).
Podríamos ampliar afirmando que ésos “propietarios” (habitantes, pobladores, vecinos, productores) fueron –y son- los que históricamente “cuidaron” nuestro Iberá. A ellos, y a las futuras generaciones debemos, desde su posición de legisladores, la obligación de dictar las leyes que sean necesarias para la protección de sus legítimos derechos.-
Desde la época de las Misiones se disponen de registros, que sostienen la posición del Ing. Vasallo, por los avatares de nuestra historia algunos de ellos se han perdido; pero a partir de 1900, y solo con pocas interrupciones se disponen de registros más o menos sistemáticos de la actividad productiva de los departamentos del Iberá y su área de influencia.
Es curioso que en mucho de esos registros, se destaca en los informes la importancia de producir en las condiciones de precariedad de esas áreas.
También hay que agregar que el primer semillero fiscalizado de Arroz de la Provincia de Corrientes (y según el Ing. Vasallo) de Argentina, estuvo en la Costa del Iberá.
Además de la cartografía de distintos orígenes, como la de Moussy dan indicios de la actividad productiva del área de influencia de los Esteros del Iberá o el propio Mapa de las Misiones. El de Moussy, es especialmente ilustrativo, porque en el se constata la presencia de un camino entre Mercedes, Colonia Carlos Pellegrini, y Caa Catí.
. IMPORTANCIA DEL SECTOR PRODUCTIVO DEL IBERA EN LA ECONOMIA PROVINCIAL:
Según estudios efectuados por el INTA (2002/2003) en el Iberá se destacan variadas actividades agropecuarias, donde la actividad ganadera, es sin duda la más sobresaliente, los cálculos más conservadores y a partir de indicadores indirectos del ultimo Censo Nacional sitúan al número de cabezas en alrededor de 369.000 de ganado vacuno; con una producción media de hasta 60 kgrs/ha /año, aunque hay discrepancias entre los distintos encuestados, en cuanto a la producción media por hectárea.
La producción agrícola de secano cubre alrededor de 855 has, donde se constatan variados rubros, entre ellos la horticultura, la floricultura y la agricultura extensiva de secano propiamente dicha con algodón, soja, maíz y sorgo.
En la actividad agrícola debe diferenciarse la actividad arrocera, esta llegó a ocupar algo más de 23950 has; siendo la zona del Iberá el asiento del segundo semillero nacional de arroz certificado en Argentina, y donde se obtuvo lo que hoy llamaríamos un biotipo de arroz específico para el ambiente del Iberá, que fue el FORTUNA IBERA (1969, comunicación Personal Manuel Vasallo). Es decir en el Iberá se plantaba prácticamente 1/3 de la superficie arrocera provincial.
El sector arrocero, hoy ocupa algo menos de 1700 Has. las razones por la declinación son variadas, donde necesariamente confluyen el precio, los mercados y la falta de servicios; pero sin lugar a dudas que las persecuciones, las denuncias sin sustento ni pruebas concluyentes han contribuidos para que los arroceros del Iberá, lentamente haya ido abandonando la actividad, más condicionados por la conducta cambiante de los gobiernos, de alguna manera cómplice de los denunciantes, que por su propia vocación y voluntad.
Las pasturas artificiales perennes cubren algo más de 3619 has, donde predominan gramíneas tropicales y subtropicales, casi todas ellas de ciclo estival.
El sector cítricola, ocupa alrededor de 2100 has; esta actividad también es tradicional en algunos cordones arenosos, sobre todo de la faja occidental del Iberá. Esta superficie representa algo más del 7% de la superficie cítricola provincial.
La actividad forestal se remonta prácticamente a más de 40 años atrás, dado que en la actualidad no pocos monte se hallan en su último turno de corta; la superficie forestada cubre 64.997 has; de las cuales 10.233 corresponden a Eucaliptos y 54764 a Pinos; las condiciones ambiéntales y edáficas del Iberá permiten afirmar que existen algo más de 350.000 has con aptitud forestal excelente para Pinus y Eucaliptos; con algunos riesgos, esa superficie se duplica.
En la actualidad también la actividad forestal se halla relegada debido a que los proyectos se aprueban según las arbitrariedades y el humor de las autoridades de la Dirección de Recursos Naturales. No obstante la superficie forestada en el Iberá representa el 21% de la superficie forestada provincial.
IBERA: TIERRA FIRME Y ESTEROS:
En estos últimos tiempos una prédica continua, de animosidad manifiesta ha llevado a la sociedad a pensar que el denominado sistema Iberá, pareciera ser un inmenso espacio hídrico, sin tierras firmes tanto en su periferia como en su perímetro interno. La propia legislación en vigencia circunscribe al propio sistema en un área de 1.320.000 Has., de las cuales alrededor de 420.000 constituyen los verdaderos esteros, lagunas y embalsados.
En esta superficie de esteros, lagunas y embalsados resulta impracticables la actividad arrocera, tampoco se plantan Pinos y Eucaliptos; sin embargo y curiosamente en su periferia se identifican una superficie de algo más de 800.000 has de destacada potencialidad para el cultivo de arroz, las plantaciones de Pinos y Eucaliptos.
Tampoco se ha advertido que no se construyen casas, caminos ni se instalan molinos en Esteros y embalsados; aquellas por otra parte que se hallan en la tierras firmes en no pocos casos son hasta dos veces centenarias, ello demuestra claramente como este inmenso sistema producía riquezas mucho tiempo antes, que la actual histeria ecologista se oponga tenazmente a cualquier atisbo de actividad productiva.
Es necesario, imperioso y casi obligatorio diferenciar la tierra firme, potencialmente útil, agronómicamente hablando de los esteros y embalsados, que de alguna manera se conservan así mismos dada la incapacidad física de producir en ellos, al menos con las tecnologías disponibles en la actualidad; y que ha sido así desde, por lo menos la época de las propias Misiones Jesuíticas.
La tierra firme ocupan más o menos 825.000 Has, asociada a los pulsos de crecidas y bajantes de todo sistema hídrico, los esteros y embalsados, con una superficie de alrededor de 480.000 has, que constituyen el área húmeda, de destacada importancia ambiental, aspecto que está fuera de discusión, pero de escasos atributos productivos, al menos desde el concepto del uso firme del suelo.
Surge por lo tanto la necesidad perentoria de diferenciar en términos legales los ámbitos o espacios de tierra firme del sistema del área del humedal propiamente dicho; por ello se impulsa un proyecto de Ley, que expresamente diferencie ambos espacios, de tal modo que las actividades productivas en las tierras firmes tanto internas como periféricas al sistema, no sean objeto de tenaces persecuciones e inquietantes denuncias
LA EXTRAJERIZACION DEL IBERA (Este punto se amplía en la Exposición de Motivos del correspondiente proyecto de Ley:
La “intromisión” de intereses foráneos en nuestro país resulta palpable a lo largo de todo su territorio, es fácilmente comprobable que una superficie que supera las 31 millones de hectáreas, es decir, algo más que la provincia de Buenos Aires o Italia, corre el riesgo de quedar en manos de capitales extranjeros, ya que esas tierras fueron vendidas, están en venta o hipotecadas.
Las operaciones se incrementaron a partir de la crisis económica de los últimos años y devaluación del peso, lo que hizo que las tierras argentinas sean atractivas para las inversiones extranjeras.
Entre los campos en venta y ofrecidos hay unas 16.900.000 hectáreas. A esos territorios hay que sumar, 14.500.000 hectáreas hipotecadas que pasarían a manos de la banca extranjera si se privatizara la deuda de bancos como el Nación o el Provincia de Buenos Aires.
Y…en los esteros del Iberá el 12.8% de su territorio están fehacientemente están en manos extranjeras (165.000 has). (Según la base de datos disponibles, algunos dicen que más, lo cual es probable, pero habría probarlo, entre otras razones, porque parte de las fracciones vendidas a extranjeros aparecen como propiedades de argentinos, que sin embargo serían solo testaferros )
NUESTRA VISION DEL IBERA:
Concordamos que es un espacio único en el mundo, pero indisolublemente unido al correntino, que lo habitó y se construyó así mismo; y que pretende seguir haciéndolo; no queremos que intereses foráneos, ajenos a nuestro sentir y hacer impulsen planes y legislaciones, cuya objeto en la preservación estática y contemplativa, y cuyos objetivos finales no se conocen.
Reconocemos un espacio único, para crear riqueza, fuentes de trabajo y progreso, en la Provincia más pobre de la Argentina (Según el IDEC, Informe 2da. Quincena de Marzo, 2006), por lo tanto pretendemos que nos dejen vivir en paz en esta tierra bendita, sin persecuciones, denuncias, y aprietes. La hemos cuidado desde hace mucho tiempo, y si el afán es conservarla tal como está, sería sabio, que nos dejen hacerlo a nosotros, sus nativos habitantes, y no aquellos que han venido de lejanos países, que pretenden postrarnos en sus portales y pagar la entrada para visitar lo que es intrínsecamente nuestro, cuando por otra parte, nosotros mismos jamás hemos impedido a nadie que transite, habite, contemple y produzca en el Sistema Iberá.
Sabemos que es un espacio único es términos de fauna, flora y producción, donde cada uno, y como fue desde siempre, asume su rol en un ecosistema que ha permanecido inalterado, donde tan solo los cambios se han producido por la natural dinámica de los seres vivos; esta destacada habilidad que hemos tenido, desde nuestros ancestros de conservar pulcro y prístino nuestro Iberá, probablemente explica las desenfrenadas apetencias por poseerlo;
Queremos expresar, casi para finalizar que es un espacio único, donde DEBERÍA haber lugar para todos, donde lo único que DEBIERA está prohibido, es como dice Don Francisco Di Castri, es “ la tentación por la tierra “ , esa tendencia por la tenencia esquizofrénica de la TIERRA de unos pocos extranjeros para sojuzgar a los demás.
NUESTRA PROPUESTA:
MARCO LEGAL
PROYECTO LEY SISTEMA IBERA
Exposición de Motivos
Es responsabilidad del Estado alentar políticas de gestión ambiental partiendo del principio básico de que los ecosistemas son pertenencia común de la sociedad y que de su equilibrio dependen la vida y las posibilidades productivas presentes y futuras. Considerar en ese marco además, que también los ecosistemas deben ser aprovechados, asegurando una productividad óptima sostenible y que ésta sea compatible con su equilibrio ecológico e integridad. La responsabilidad de la protección del equilibrio ecológico deber ser asumida tanto por autoridades y comprende tanto las condiciones presentes como aquellas que determinarán la calidad de vida de las generaciones futuras.
En ese marco, la prevención de las causas que generan los desequilibrios ambientales es el medio más eficaz para combatirlos; el aprovechamiento de los recursos naturales renovables debe asegurar el mantenimiento de su diversidad y renovabilidad, y la utilización de los recursos naturales no renovables debe hacerse evitando la generación de efectos adversos.
La estrategia fundamental de los llamados conservacionistas ha sido de exclusión y de aversión a la presencia humana. Consistió, primero, en establecer zonas protegidas de gran belleza o de gran diversidad genética. Segundo, se intentó proteger aquellas zonas limitando el acceso humano a ellas. Los resultados concretos de esta estrategia han sido los parques nacionales, reservas y zonas protegidas.
Espacios meramente contemplativos, preservados dogmáticamente, signados por su presunta contaminación y degradación, cuestiones estas probables, pero no siempre fehacientemente demostrada. El solo hecho de encontrar al sistema Iberá tal como se lo encuentra en la actualidad, es exclusivo mérito de los correntinos nativos; ellos conciente o inconcientemente, desde el origen mismo de las misiones jesuíticas, proclaman nuestro extremando acervo por conservar lo nuestro; este mérito no lo pueden exhibir en otras latitudes, como el propio Riachuelo, en Buenos Aires; denunciado por sus olores nauseabundos por el propio Esteban Echeverría (1850)
Aunque el concepto de zonas protegidas ha producido algunos logros importantes, en general y mirando hacia el futuro, los resultados han sido insuficientes. La diversidad biológica y ciertos recursos naturales no pueden conservarse, al menos de un modo satisfactorio, aislándolos en zonas protegidas. Los indicios actuales indican que en el futuro cercano el margen de insuficiencia aumentará.
En este sentido el recurso agua, como uno de los factores imprescindibles que posibilita la vida sobre la tierra, no escapa a este criterio.
La Reserva Natural del Ibera es la principal fuente de agua superficial, la de mayor significancia como recurso de plena jurisdicción provincial.(no compartido como los ríos periféricos que deslindan nuestra provincia).
Y vaya la importancia de prestar atención a esta cuestión. La necesidad apremiante de hacer frente a la progresión geométrica de la demanda de agua dulce en el planeta se ha complicado y complejizado de una forma alarmante debido a que los recursos se deterioran cada vez a una velocidad mayor, tal vez esta demanda es la que está provocando la incontrolable extranjerizacion del Iberá.
Señores legisladores, la historia de la humanidad está marcada por innumerables conquistas tecnológicas, por el progreso de las relaciones entre las personas y por la capacidad creativa del ser humano para superar cada desafío. Sin embargo, desde la prehistoria hasta nuestros días, el desarrollo de las civilizaciones siempre ha evolucionado marcado por un factor: la presencia o ausencia del agua. Si está presente y en abundancia, el agua representa la posibilidad de mejoramiento agrícola, social, industrial, sanitario y de calidad de vida. Si el recurso hídrico esta ausente o es escaso, es motivo de conflictos, pobreza, guerras, enfermedades y estancamiento económico.
Lamentablemente todos los días se desperdician millones de litros en actividades que desvalorizan el agua. El abuso en el uso del agua no es solamente un desconocimiento de las responsabilidades de los ciudadanos de evitar el desperdicio, sino una falta de conciencia respecto de aquellos que viven en regiones en donde no hay agua en gran disponibilidad.
Finalmente cabe considerar muy especialmente, que como lo establece el Artículo 41 de nuestra Constitución Nacional, que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometerlas de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo.
El espíritu de la Ley está destinado a los presentes pero también, y, sobre todo, a las futuras generaciones. El presente proyecto legisla para el futuro, ya que la grave problemática a nivel mundial que surgirá con el tema de la conservación de los sistemas naturales, en un plazo no muy lejano, será de gran impacto y difícil solución
En ese marco, las acciones para la protección del ambiente, deberán basarse en la concertación entre individuos, grupos y organizaciones sociales, buscando reorientar la relación entre la sociedad y la naturaleza. El Estado, dentro de sus atribuciones, debe definir los criterios de conservación y restablecimiento del equilibrio ecológico.
Basada en esos principios, la política ambiental correntina orienta todas sus acciones hacia la consecución de un objetivo general tendiente progresivamente al Mejoramiento Productivo del Nivel de Vida, en el cual el planeamiento territorial , la ejecución de la acción gubernamental a través de una gestión institucional, y todos los nuevos proyectos que resulten de intervención en los sistemas naturales , tomarán en cuenta como premisa básica que los recursos naturales son patrimonio estratégico para la soberanía provincial y reserva fundamental para las nuevas generaciones;
No puede escapar a nuestra particular consideración, la importancia estratégica que significa a nivel provincial, contar en su patrimonio con el Sistema Ibera, principal ecosistema de agua dulce a esa latitud en Sudamérica, reserva PRODUCTIVA AMBIENTAL de singular característica e importancia, de ahí la necesidad de articular una nueva legislación en la materia, superadora de la actual que prácticamente ha quedado obsoleta y desactualizada
1. Como objetivo General "Armonizar el crecimiento económico con la conservación y el aprovechamiento racional de los recursos naturales a través de una norma marco que asigne al Ibera el carácter de un recurso ambiental estratégico y lo coloque bajo el estatus político de “ patrimonio de todos los correntinos".
Del objetivo general se derivan los siguientes objetivos específicos:
a)Considerar al Iberá el carácter de eje central del ordenamiento ambiental del territorio provincial, como un elemento eficaz de protección del ambiente, en armonía con el desarrollo social Y ECONÓMICO en su conjunto y con las características naturales del suelo y su equilibrio ecológico.
b) Procurar que los proyectos de obras y todas las actividades del desarrollo en el área y su entorno, se sujeten a estrictos criterios de sustentabilidad ambiental.
c) Medir la eventual la contaminación del agua y si corresponde detener y revertir, preservar su calidad y propiciar su aprovechamiento óptimo.
d)Prevenir y controlar la contaminación del suelo, mediante el tratamiento adecuado de los desechos sólidos municipales e industriales y el manejo correcto de sustancias peligrosas.
e)Asegurar protección y conservación de los recursos naturales y el equilibrio de los ecosistemas, en el concepto de que dicho equilibrio se debe lograr en un marco de producción sustentable y sostenible.
f)Fortalecer el marco jurídico ambiental con un enfoque integral, para impedir acciones que dañen el medio ambiente y los recursos naturales.
g)Contribuir a que la educación se constituya en un medio para elevar la conciencia ecológica de la población, consolidando esquemas de comunicación que fomenten la iniciativa comunitaria, bajo la premisa básica que las actividades productivas no resultan incompatibles con la conservación de los recursos naturales.
h)Utilizar los avances científicos y tecnológicos para mejorar el ambiente, estableciendo la estructura que fomente el desarrollo de procesos productivos que no deterioren los ecosistemas.
TEXTO PROYECTO DE LEY PARA EL
IBERÁ , PATRIMONIO DE LOS CORRENTINOS
Articulo 1º: DECLARASE al Sistema Ibera Patrimonio Estratégico de los Correntinos”, asignándole este carácter a su espacio hídrico, esta declaración no limitará ninguna actividad productiva primaria, que se pueda desarrollar en las tierras firmes de su periferia o su interior siempre y cuando se hallen signadas por la racionalidad de su uso y la conservación de sus atributos físicos y químicos
Articulo 2º: REAFIRMASE la jurisdicción y dominio de la Provincia de Corrientes, sobre los Recursos Hídricos Superficiales, los correspondientes al Acuífero Guaraní que le comprende y las tierras del dominio publico y/o privado del Estado que conforman dicho Sistema, de conformidad y en concordancia con lo dispuesto por los Artículos 2339, 2340, 2341 y 2342 del Código Civil , y lo establecido en el Código de Aguas de la Provincia de Corrientes(Decreto ley 191/01).
Articulo 3º: ESTABLECESE como base territorial del Sistema Ibera una superficie de aproximadamente 4800 km2 (480.000 has.) diferenciándose expresamente dicha área de las tierras denominadas firmes, aledañas al Sistema Iberá, que no serán pasibles de limitaciones a las actividades productivas, siempre y cuando èstas, se realicen conformes a principios de sustentabilidad y conservación .
Articulo 4º: DEROGANSE las leyes 3771, 4736 y Decreto Ley 18/01, y toda otra ley que se oponga a la presente y suspéndase todo tramite realizado ante organismos nacionales e internacionales en contrario, para cuya adhesión deberá contarse con ley al efecto.
Artículo 5°: ESTABLECESE que el Instituto Correntino del Agua y del Ambiente será la Autoridad de Aplicación de la esta Ley, a través de un área especifica a crearse en dicho ámbito. Dicha área será un órgano operativo, de coordinación y contralor, en el cual se prevé la participación de un Consejo Asesor constituido por los distintos sectores involucrados por la aplicacion de la presente Ley
Artículo 6º.- ELEVASE: Al Poder Ejecutivo la presente Ley, a los fines de su Reglamentación, Instrumentación y aplicación, conforme a las normas vigentes, comunicando sus términos a todas las áreas que tengan vinculación directa en indirecta con los contenidos de la presente ley.-
Articulo 7 º- DE FORMA.-
PROYECTO DE PROTECCION DE LA TIERRA
EXPOSICION DE MOTIVOS
Sres Legisladores:
Considerando insuficiente la legislación existente en la provincia para proteger el recurso esencial consistente en el extenso humedal denominado Esteros Del Iberá, situado en nuestro territorio provincial, ubicado además sobre el Acuífero Guaraní ya declarado “recurso estratégico”, resulta necesario la creación de una cuerpo legal que interprete cabalmente dicha importancia y la proteja, principalmente, de la posible intromisión de intereses foráneos.
La “intromisión” de intereses foráneos en nuestro país resulta palpable a lo largo de todo su territorio, es fácilmente comprobable que una superficie que supera las 31 millones de hectáreas, es decir, algo más que la provincia de Buenos Aires o Italia, corre el riesgo de quedar en manos de capitales extranjeros, ya que esas tierras fueron vendidas, están en venta o hipotecadas.
Las operaciones se incrementaron a partir de la crisis económica de los últimos años y devaluación del peso, lo que hizo que las tierras argentinas sean atractivas para las inversiones extranjeras. Entre los campos en venta y ofrecidos hay unas 16.900.000 hectáreas. A esos territorios hay que sumar, 14.500.000 hectáreas hipotecadas que pasarían a manos de la banca extranjera si se privatizara la deuda de bancos como el Nación o el Provincia de Buenos Aires.
De acuerdo a la investigación, este es el cuadro que se registra en algunas provincias, sumando tierras vendidas y en venta: Mendoza : Empresarios de Malasia compraron en la cordillera mendocina 250 mil hectáreas. Un territorio que equivale a 12 veces la superficie de la Capital Federal. Junto a los capitales malayos, también llegaron compradores chinos y españoles. A esto hay que sumar los miles de kilómetros cuadrados de tierra que se ofrecen a extranjeros. En esta provincia cuyana ya hay 500 mil hectáreas vendidas a extranjeros y 800 mil en venta. Sólo en la provincia son un millón trescientas mil las hectáreas comprometidas. San Luis : Un grupo italiano compró 40 mil hectáreas en la zona de Dique de las Carretas. Y los campos en venta suman 850 mil hectáreas más. San Juan : Las inmobiliarias ofrecen casi 2.000.000 de hectáreas, más del veinte por ciento de toda la provincia. Y algunos campos hasta incluyen frontera con Chile.
Catamarca: Se venden campos del tamaño de la Isla Gran Malvinas por apenas 8 dólares la hectárea. Sólo en Catamarca 100 mil hectáreas ya fueron vendidas a un grupo holandés y 1.600.000 está en venta.. Misiones : En 1996, un grupo chileno desembarcó en la selva misionera y adquirió, junto con una importante empresa, 172 mil hectáreas de un ecosistema único en el mundo. Santa Fe: Hay 130 mil hectáreas de los mejores campos en venta. Entre Ríos: 100 mil ya fueron vendidas y otras 150 mil se ofertan. Jujuy, Santiago del Estero, Tucumán y La Rioja : Las hectáreas extranjeras suman 120.000 y hay 1.300.000 más en venta. Salta : Aparece la cifra más asombrosa: 2.400.000 hectáreas en oferta. Entre ellas la finca Jasimaná: un campo en pleno corazón de los Valles Calchaquíes de un millón trescientas mil hectáreas. Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego : Estas provincias comparten dueños de tierras en común al igual que ofertas al exterior. En total suman 3.798.702 hectáreas. Buenos Aires: 500.384 hectáreas. Córdoba: 111.615 hectáreas. Formosa: 480.994 hectáreas. Chaco: 479.301 hectáreas. Corrientes: 440.220 hectáreas. La Pampa: 493.583 hectáreas.-
Normalmente, como advertimos aquí en Corrientes, éste tipo de inversión no es del tipo productivo y deja grandes extensiones de tierra sin uso y a la espera de su revalorización. Éstas se adquieren como si fueran acciones de empresas que algún día recuperan su valor real de mercado, es decir a valor de precios internacionales.
Asimismo, esto se convierte en un obstáculo al desenvolvimiento de la riqueza, puesto que debería soportarse extremos como la inmovilidad estéril de las mismas o el padecimiento a su degradación y desmejoramiento. Por otra parte, la concentración de grandes extensiones de tierra en las condiciones reseñadas, pone en manos de éstos una herramienta de presión política en la toma de decisiones sobre el manejo y disposición del patrimonio perteneciente a todos los correntinos.-
Considerando insuficiente la legislación existente en la provincia para proteger el recurso esencial consistente en el extenso humedal denominado Esteros Del Iberá, situado en nuestro territorio provincial, ubicado además sobre el Acuífero Guaraní ya declarado “recurso estratégico”, resulta necesario la creación de una cuerpo legal que interprete cabalmente dicha importancia y la proteja, principalmente, de la posible intromisión de intereses foráneos.
La “intromisión” de intereses foráneos en nuestro país resulta palpable a lo largo de todo su territorio, es fácilmente comprobable que una superficie que supera las 31 millones de hectáreas, es decir, algo más que la provincia de Buenos Aires o Italia, corre el riesgo de quedar en manos de capitales extranjeros, ya que esas tierras fueron vendidas, están en venta o hipotecadas.
Las operaciones se incrementaron a partir de la crisis económica de los últimos años y devaluación del peso, lo que hizo que las tierras argentinas sean atractivas para las inversiones extranjeras. Entre los campos en venta y ofrecidos hay unas 16.900.000 hectáreas. A esos territorios hay que sumar, 14.500.000 hectáreas hipotecadas que pasarían a manos de la banca extranjera si se privatizara la deuda de bancos como el Nación o el Provincia de Buenos Aires.
De acuerdo a la investigación, este es el cuadro que se registra en algunas provincias, sumando tierras vendidas y en venta: Mendoza : Empresarios de Malasia compraron en la cordillera mendocina 250 mil hectáreas. Un territorio que equivale a 12 veces la superficie de la Capital Federal. Junto a los capitales malayos, también llegaron compradores chinos y españoles. A esto hay que sumar los miles de kilómetros cuadrados de tierra que se ofrecen a extranjeros. En esta provincia cuyana ya hay 500 mil hectáreas vendidas a extranjeros y 800 mil en venta. Sólo en la provincia son un millón trescientas mil las hectáreas comprometidas. San Luis : Un grupo italiano compró 40 mil hectáreas en la zona de Dique de las Carretas. Y los campos en venta suman 850 mil hectáreas más. San Juan : Las inmobiliarias ofrecen casi 2.000.000 de hectáreas, más del veinte por ciento de toda la provincia. Y algunos campos hasta incluyen frontera con Chile.
Catamarca: Se venden campos del tamaño de la Isla Gran Malvinas por apenas 8 dólares la hectárea. Sólo en Catamarca 100 mil hectáreas ya fueron vendidas a un grupo holandés y 1.600.000 está en venta.. Misiones : En 1996, un grupo chileno desembarcó en la selva misionera y adquirió, junto con una importante empresa, 172 mil hectáreas de un ecosistema único en el mundo. Santa Fe: Hay 130 mil hectáreas de los mejores campos en venta. Entre Ríos: 100 mil ya fueron vendidas y otras 150 mil se ofertan. Jujuy, Santiago del Estero, Tucumán y La Rioja : Las hectáreas extranjeras suman 120.000 y hay 1.300.000 más en venta. Salta : Aparece la cifra más asombrosa: 2.400.000 hectáreas en oferta. Entre ellas la finca Jasimaná: un campo en pleno corazón de los Valles Calchaquíes de un millón trescientas mil hectáreas. Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego : Estas provincias comparten dueños de tierras en común al igual que ofertas al exterior. En total suman 3.798.702 hectáreas. Buenos Aires: 500.384 hectáreas. Córdoba: 111.615 hectáreas. Formosa: 480.994 hectáreas. Chaco: 479.301 hectáreas. Corrientes: 440.220 hectáreas. La Pampa: 493.583 hectáreas.-
Normalmente, como advertimos aquí en Corrientes, éste tipo de inversión no es del tipo productivo y deja grandes extensiones de tierra sin uso y a la espera de su revalorización. Éstas se adquieren como si fueran acciones de empresas que algún día recuperan su valor real de mercado, es decir a valor de precios internacionales.
Asimismo, esto se convierte en un obstáculo al desenvolvimiento de la riqueza, puesto que debería soportarse extremos como la inmovilidad estéril de las mismas o el padecimiento a su degradación y desmejoramiento. Por otra parte, la concentración de grandes extensiones de tierra en las condiciones reseñadas, pone en manos de éstos una herramienta de presión política en la toma de decisiones sobre el manejo y disposición del patrimonio perteneciente a todos los correntinos.-
PEREZ ESQUIVEL ADVIERTE SOBRE PELIGRO DE EXTRANJERIZACION DE LA TIERRA
Por Télam - Saturday, Aug. 21, 2004 at 1:57 PM
Humahuaca, Jujuy, 17 de agosto (Télam, por Alba Silva, enviada especial).- El Premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel advirtió hoy sobre el peligro de "extranjerización" de la tierra y denunció a las grandes empresas que, con sus compras de suelo, alejan a las comunidades nativas del acceso al agua o los caminos.
"A veces ya ni sabemos si somos dueños de las tierras que pisamos", dijo Pérez Esquivel durante una entrevista concedida a la agencia Télam en Jujuy, donde asiste a un encuentro entre comunidades indígenas y el obispo local Pedro Olmedo.
El dirigente humanitario, premiado con el Nobel en 1981, nombró concretamente a "los Benetton y los Turner" como grandes compradores de tierras en Argentina y los acusó de "cortar los caminos" e impedir el "acceso al agua" a las comunidades indígenas del sur del país.
"(Luciano) Benetton tiene un país dentro del país. Y sigue comprando tierras", señaló Pérez Esquivel, quien en una carta publicada recientemente en un prestigioso diario italiano instó públicamente al empresario a devolver las t ierras que posee en la provincia de Chubut, reclamadas desde hace años por comunidades mapuches.
A nivel mundial es posible decir que la guerra por el control de los recursos estratégicos, en especial del agua potable, ya comenzó. Nuestra Nación y nuestra Provincia, no puede permanecer ajena a semejante conflicto. En especial una provincia como la nuestra que cuenta con una de las reservas de agua dulce mayores del mundo. Permanecer indiferentes, o peor, dejar que el dictado de las reglas sobre el control, utilización y manejo de tan vital elemento quede en manos de extranjeros, sería un crimen imperdonable.-
Como punto inicial para conseguir el fin referido anteriormente, es imprescindible dictar una norma que contenga las restricciones al dominio necesarias para que la finalidad sea cumplida. Esto es, para que la reglamentación sobre el uso y disposición de semejante “recurso estratégico” quede en manos de sus legítimos propietarios, ha de restringirse la posibilidad de compra y utilización por parte de extranjeros quienes se hallan hoy, por circunstancias económicas ajenas al análisis de la presente, en superioridad de condiciones.-
Los “legítimos propietarios”, es el concepto clave para la interpretación cabal de ésta norma. Son aquellas personas que habitaron históricamente nuestro suelo. Al decir del Ing. Vasallo: De acuerdo al “Mapa Catastral de la Provincia de Corrientes, editado en el año 1.893, por el agrimensor Don Zacarías Sánchez, muestra como el estero y lagunas del sistema iberá, sólo ocupaban unas 90 mil hectáreas. (terreno fiscal) el resto tenía dueños, estaba ocupado por estancias, con alambrados, casas, habitantes, y según estadísticas de la época, casi 1.000.000 de cabezas de ganado bovino …” (“Historial Biodinámico del Iberá”. 1.972). Podríamos ampliar afirmando que ésos “propietarios” (habitantes, pobladores, vecinos, productores) fueron –y son- los que históricamente “cuidaron” nuestro Iberá. A ellos, y a las futuras generaciones debemos, desde su posición de legisladores, la obligación de dictar las leyes que sean necesarias para la protección de sus legítimos derechos.-
Ya lleva más de tres lustros el proceso de extranjerización de nuestra economía, que abarcó al conjunto de empresas de servicios públicos y productoras de energía, a los sectores industrial, financiero y comercial. Dicho proceso incluyó también la entrega de nuestros principales recursos naturales a una explotación irracional y cortoplacista, donde principalmente las empresas extranjeras se apropian de su renta, exportando productos sin valor agregado en pos de una inserción económica internacional que nos condena a una alta tasa de desocupación y a un uso no sustentable de nuestros recursos naturales.
El suelo alberga y provee, los alimentos, los minerales y así toda la riqueza que posee una nación. Si dejamos la explotación de unidades económicas de dimensiones astronómicas a personas jurídicas extranjeras, de quienes normalmente se desconocen sus integrantes o sus fines, estamos atando el futuro de varios sectores de nuestro país a los designios de corporaciones extranjeras.
No es nuestra idea la de prohibir por prohibir, sino que se dé el marco legal apropiado para las zonas rurales de nuestra provincia, protegiendo el recurso esencial que nos pertenece y que el mismo mantenga la tierra en manos de argentinos, tanto personas físicas como de existencia ideal.
El peligro denunciado (apropiación del agua) no es hipotético. Ya se ha concretado en nuestra provincia, como en otras y otros países, la compra de grandes extensiones “casualmente” cercanas, o sobre, el esencial recurso Acuífero Guarani que se intenta proteger. Estas compras se han efectuado mediante la relación directa con los capitales extranjeros adquirentes, ó “disfrazados” éstos de sociedades locales, a los fines de “cumplir” con las exigencias legales.
Las pruebas en tal sentido son irrefutables…como la que a continuación se trascribe:
“…Reitero, es cierto que la señora María Leischner fue presidente del entonces Santa Teresa, porque cuando vino el señor Tompkins -acá a Corrientes- necesitaba una persona argentina para ponerla de presidente de la compra de la propiedad de Ansola, así fue…” (Sic., Esc. Jorge Leconte Vidal, Cámara de Diputados, Sesión 14/12/05).-
Hay más, existe promesa textual de seguir con la adquisición de tierras de nuestro Iberá so pretexto de “protección” del medio ambiente Situación ésta que –como dijimos- los históricos habitantes del lugar y productores de la zona lo vienen haciendo centenariamente, lo hacen ahora y –seguramente- seguirán haciéndolo por el resto de sus días.-
El agua es uno de los recursos más abundantes del planeta. De hecho, el nuestro es un planeta de agua ya que casi el 75 % de su superficie es agua, pero solo alrededor del 3 % de ese total es agua dulce apta para el consumo humano, del cual el 2,997 % resulta de muy difícil acceso para el consumo, ya que se sitúa en los casquetes polares y en los glaciares. Por lo que solo el 0,003 % del volumen total del agua de nuestro planeta es accesible para el consumo humano.
El agua dulce es un recurso finito e indispensable para mantener la vida, para realizar actividades productivas desde el punto de vista económico y para el propio medio ambiente. Ninguna estrategia de reducción de la pobreza puede pasar por alto la necesidad vital de agua del ser humano, hecho muy trascendente en cualquier análisis de los retos relacionados con el agua a que actualmente se enfrentan los países americanos, como también es importante la necesidad de una gestión justa y sustentable de este recurso crítico en interés del conjunto de la sociedad.
América Latina y el Caribe es un continente básicamente húmedo, poseen grandes recursos de agua dulce. Las precipitaciones promedio en la región son 60 % mayores que en el resto del mundo. Sin embargo, el 25 % de los territorios sudamericanos son áridos o semiáridos, 20 % de sus habitantes no tienen acceso al agua potable y 30 % carecen de un sistema apropiado de saneamiento. El escurrimiento superficial es 30 % del total mundial. Solo el 3% del agua que escurre es utilizada de alguna manera, y el 8 % de los escurrimientos con potencial hidroeléctrico es aprovechado. De las tierras cultivadas solo el 7 % tiene riego, mientras que se podría regar el 25 % de las mismas tierras con los recursos conocidos.-
Las ciudades latinoamericanas agotan sus acuíferos que tomo siglos llenar. El agua salada contamina el agua subterránea a kilómetros del mar. En México las capas de agua descienden un metro al año. En unas pocas décadas, el mundo al tratar de conseguir una quinta parte mas de agua para 3 mil millones mas de personas, una de cada tres personas puede tener problemas, no solo para beber, sino para mantener su calidad de vida.
En América Latina y el Caribe, aumentó el consumo de agua entre los años 1990 y 2000 en un 45 %, de 150 a 216 kilómetros cúbicos por año. La necesidad apremiante de hacer frente a la progresión geométrica de la demanda de agua dulce se complicará aún más si, como indican las tendencias actuales, se deja que la base de recursos se deteriore a una velocidad cada vez mayor.
No es casualidad el interés particular manifestado por nuestro Iberá, plasmado en la mencionada compra de grandes extensiones de tierra dentro de nuestra provincia, con el interés mundial por el agua.-
“… A primera vista, la finalidad de la compra sería altruista, según la descripción del Proyecto PNUD, que dice que luego de haberse implementado con éxito una estrategia de protección del Iberá, estas tierras se entregarán a la gente de conservación, local o nacional que corresponda. Sin embargo, esta primera impresión se esfuma, si leemos la nota que dirigió en fecha 1 de marzo (2.004) el apoderado de Conservation Land Trust, Jorge Leconte Vidal, al administrador del ICAA que dice textualmente: “Surge la necesidad de reiterarle que Conservation Land Trust nunca, insisto, nunca autorizó a nadie a ofrecer en donación sus tierras ni estuvo entre sus objetivos la transferencia de las mismas al Estado”…
¿En qué quedan entonces, las filantrópicas intenciones estudiadas en este proyecto? Es evidente que la intención del señor Tompkins es asegurarse su participación en todo lo concerniente al Iberá, ya sea como conservacionista, como terrateniente, como financista del proyecto. Cabe recordar algo más, este proceso de enajenación de tierras a manos privadas, contó también con el silencio cómplice y la connivencia de algunos funcionarios…”
“… En síntesis, es necesario un ordenamiento, porque los Esteros del Iberá y el sistema del Acuífero Guaraní merece el más detenido y profundo tratamiento de la sociedad en su conjunto y no sólo por parte de una ONG de dudoso origen o de tecnócratas y funcionarios, sino fundamentalmente por parte de todos los ciudadanos a quienes nos afectan estas decisiones y en las que, por ende, tenemos derecho a intervenir…” (María Lucía Abad. Sesión 14/12/05).
El Proyecto de Ley contra la Extranjerización de la Tierra, presentado por la Federación Agraria Argentina, con el aval de firmas y el apoyo de organizaciones políticas y sociales, en el 2003, aún no ha podido ser tratado en Diputados por falta de quórum. No puede haber una Ley de Aguas si no hay una Ley de Tierras y viceversa. Ambas se complementan.
No habrá soberanía sobre el agua si no hay soberanía sobre la tierra. La Constitución Nacional establece que las Provincias son dueñas de los recursos que se encuentran en su territorio, pero el Artículo 41 determina que las autoridades nacionales deben preservar el patrimonio natural, cultural y la diversidad biológica para las generaciones presentes y futuras y deben dictar, junto con las autoridades provinciales las normas para protegerlos.
Esperamos que los legisladores nacionales tengan la grandeza de corregir esta situación. En última instancia se trata de decidir si el agua potable es una mercadería, un objeto sujeto a las leyes de oferta y demanda del mercado tal como sucede en el Primer Mundo o un derecho humano, un bien social.
“Los recursos estratégicos de Nuestra América deben estar en manos de nuestros pueblos y ser explotados en favor de nuestras necesidades e intereses. Para ello es necesario que nos informemos, tomemos conciencia, nos movilicemos y presionemos sin descanso a nuestros gobernantes que han tomado la costumbre de mirar hacia otro lado. La defensa de nuestros patrimonios nacionales es indispensable para mantener nuestra supervivencia como pueblos y naciones y nuestra identidad.
No debemos ni podemos permanecer al margen de estos verdaderos problemas actuales y futuros. Tratemos de informar a todos los sectores de nuestras poblaciones de asuntos tan importantes. No debemos tolerar la presencia y acción de profetas nacionales que se vanaglorian de su accionar desnacionalizado …
El argentino Manuel Ugarte, firme luchador por la unidad e integración de Nuestra América, escribió: ”Pueblos que esperan su vida o su porvenir de una abstracción legal o de la voluntad de los otros son de antemano pueblos sacrificados.”
Sería deseable que nuestros gobiernos preservaran para nuestras naciones y pueblos los recursos naturales y no permitieran la ingerencia extranjera en sus proximidades, … Que tuvieran planes de prospectiva, explotación y mantenimiento de los recursos estratégicos para el largo, mediano y corto plazo y que sólo coordinaran entre ellos la forma de explotar los recursos compartidos. Es vergonzoso que la investigación de esas riquezas esté en su mayoría, organizada y financiada por el Imperio y nosotros recibamos la información de segunda mano.”
(Citado de : EL AGUA POTABLE: NUEVO RECURSO ESTRATEGICO DEL SIGLO XXI: EL CASO PARTICULAR DEL ACUÍFERO GUARANÍ ACTUALIZADO A SEPTIEMBRE DE 2004- PROFESORA ELSA M BRUZZONE )
La lucha contra la intromisión de intereses (económicos) foráneos en la compra, manejo y utilización de bienes por parte de extranjeros, no es actual ni propia de estos lugares. A modo de ejemplo ha de citarse lo ocurrido con la “Iniciativa 300” del Estado de Nebraska, (EEUU) que prohíbe a las corporaciones y extranjeros tener la propiedad y uso de los campos.
“… Plantear este esquema en Argentina de hoy es una utopía y un delirio impracticable, lo mismo que recrear las granjas colectivas de la antigua URSS. Pero negarse al debate de algún tipo de regulación a la propiedad, uso y tenencia, arrendamientos, origen de las inversiones, transparencia en la propiedad es una necedad propia de quienes como el avestruz esconden la cabeza …” (Carlos Jorge Gonzalez). -
De similares características es el estudio doctrinario sobre la “realidad” de las personas jurídicas, consideradas tales en nuestro ordenamiento legal, intentando descorrer el “velo jurídico” que las cubre para “develar” su verdadera identidad y, en consecuencia, advertir sus verdaderas intenciones.
En el presente proyecto se sientan las bases para que la discusión y/o control judicial sobre el “velo jurídico” sea historia, exigiendo los requisitos necesarios a las personas jurídicas adquirentes de inmuebles rurales a los largo y ancho de toda la Provincia.
En nuestro ordenamiento legal se hallan las normas que enmarcan la que aquí se dicta. Ha de comenzarse por nuestra Carta Magna que determina la conservación de los derechos de las provincias no delegados a la nación (art. 121), sobre los cuales éstas están facultadas a legislar. De similares características, y con idénticas facultades, es el art. 41.-
Si bien es cierto que las limitaciones establecidas en el presente proyecto podrían entenderse en colisión a lo establecido por el art. 20 de nuestra Carta Magna, respecto de los extranjeros, no es menos cierto que se hace en función de preservar valores vitales y atendiendo a las circunstancias particulares de nuestra Provincia. Se observará que no se anula ningún derecho, se establece una reglamentación y un límite necesario. “Si todo el mundo considera que los intereses y “recursos estratégicos” son mejor atendidos por sus nacionales, no entendemos por qué nosotros no vamos a considerar lo mismo con respecto a los nuestros”.
Art. 41. Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley.
Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales.
Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales.
Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos.
Art 121. Las provincias conservan todo el poder no delegado por esta Constitución al Gobierno Federal, y el que expresamente se hayan reservado por pactos especiales al tiempo de su incorporación.
Art 124. Las provincias podrán crear regiones para el desarrollo económico y social y establecer órganos con facultades para el cumplimiento de sus fines y podrán también celebrar convenios internacionales en tanto no sean incompatibles con la política exterior de la Nación y no afecten las facultades delegadas al Gobierno federal o el crédito público de la Nación; con conocimiento del Congreso Nacional. La ciudad de Buenos Aires tendrá el régimen que se establezca a tal efecto.
Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio.
Encontrando mérito suficiente en lo expuesto, la realidad de nuestra provincia y los peligros que entraña dejar en manos de otros la reglamentación sobre el uso y goce de nuestras tierras, se propone la norma siguiente:
PROYECTO PARA LA RESTRICCION A LA ADQUISICION DE INMUEBLES RURALES
TITULO I: AMBITO DE APLICACIÓN
ARTICULO 1): Declárese de conveniencia provincial que los bienes inmuebles rurales situados en el Territorio Provincial pertenezcan a personas jurídicas argentinas y/o ciudadanos nativos, especialmente los inmuebles rurales.
TITULO II: INMUEBLES COMPRENDIDOS - CONCEPTO
Artículo 2) A los efectos de esta ley, se conceptúa como INMUEBLE RURAL a todo predio situado en el territorio provincial y ubicado fuera del ejido urbano, cualquiera sea su localización y/o destino.
TÍTULO II: CONDICIONES Y REQUISITOS PERSONALES Y SOCIETARIOS
Artículo 3) Dentro del Territorio Provincia queda prohibida de nulidad absoluta la adquisición de inmuebles rurales por personas extranjeras físicas no residentes o jurídicas no autorizadas para funcionar en el país.
Artículo 4) Se encuentran comprendidas dentro de las restricciones y limitaciones de esta ley, las personas físicas extranjeras residentes en el país y las personas jurídicas extranjeras autorizadas a funcionar en la República Argentina y las personas jurídicas argentinas de la cual participen, a cualquier título, personas extranjeras físicas o jurídicas que tengan, en forma individual o en su conjunto, mayoría del capital social y/o de votos, y/o residan o tengan su sede en el exterior.
Artículo 5) La prohibición o limitación en la adquisición de tierras se extiende a cualquier tipo de modificación en la titularidad del dominio, quedando comprendidas la fusión, incorporación de empresas, alteración del control accionario, transformación de personas jurídicas nacional en personas jurídicas extranjeras o cualquier otro tipo de modificación. Sin perjuicio de los requisitos y condiciones que se establecen, las sociedades titulares de inmuebles deberán ajustarse al siguiente régimen específico al momento de la adquisición:
a) No serán filiales ni subsidiarias ni podrán estar controladas o dirigidas por personas físicas o jurídicas extranjeras.
b) Los socios deben ser personas físicas.
c) Las acciones serán nominativas.-
TÍTULO III: AUTORIDADES DE APLICACIÓN – RÉGIMEN SANCIONATORIO
Artículo 6) El Registro de la Propiedad Inmueble y el Registro de Personas Jurídicas será la autoridad competente para la interpretación, reglamentación y de aplicación del presente régimen legal. Creará y llevará a su cargo el registro de los inmuebles rurales de titularidad de extranjeros y de sociedades.
Artículo 7) Toda adquisición por extranjeros o sociedades en los términos de esta ley deberá comunicarse a la citada Autoridad por el Escribano actuante, dentro del plazo de treinta (30) días de inscripta la Escritura traslativa del dominio, bajo apercibimiento de nulidad absoluta.-
Artículo 8) La adquisición de inmueble rural que viole las prescripciones de esta ley es nula de pleno derecho. El Escribano que realice la Escritura traslativa de dominio en violación a la presente ley, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales, responderá por los daños y perjuicios que causare a los contratantes. Resuelta la nulidad, el vendedor, estará obligado a restituir al adquiriente el precio del inmueble en forma actualizada.
Artículo 9) Las Sociedades Anónimas titulares de inmuebles rurales que estuvieran constituidas al inicio de la vigencia de la ley contarán con un plazo de un (1) mes para comunicar a la autoridad de aplicación la cantidad de áreas rurales de su propiedad. Obligatoriamente dichas sociedades deberán convertir sus acciones en nominativas y ajustarse al cumplimiento de los requisitos de esta ley. Las que así no lo hicieran dentro del plazo de seis (6) meses del inicio de la vigencia de esta ley quedarán sujetas a disolución.
Artículo 10) Toda modificación societaria posterior a la adquisición que altere el régimen específico de titularidad de inmuebles rurales, deberá ser comunicada a la autoridad de aplicación dentro del plazo de treinta (30) días.
A partir de dicha comunicación, se otorga un plazo de sesenta (60) días para su adecuación a los requisitos de ley. La violación de esta ley y/o el incumplimiento de adecuación, producirá como sanción la pérdida de dominio a favor del Estado Provincial, sin derecho a indemnización alguna.
Artículo 11) La Autoridad de Aplicación propondrá, por causa de utilidad pública y en cumplimiento de los términos de la presente ley, la expropiación de tierras comprendidas dentro del Territorio Provincial.-
Artículo 12) Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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